Legislación › Real Decreto 1635/2009, de 30 de octubre, por el que se regulan la admisión de los alumnos en centros públicos y privados concertados, los requisitos que han de cumplir los centros que impartan el primer ciclo de la educación infantil y la atención al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación.
Artículo 6. Requisitos.
Artículo 6. Requisitos.
Los requisitos que deben reunir los centros que impartan el primer ciclo de la educación infantil deberán comprender:
a) Instalaciones.
b) Requisitos de titulación de los profesionales.
c) Relación numérica alumnado-profesor.
d) Otros requisitos que determine el Ministerio de Educación.


