LexTotal

Legislación › Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial.

Artículo decimotercero. Modificación de la Ley 7/1998, sobre Condiciones Generales de la Contratación.

Artículo decimotercero. Modificación de la Ley 7/1998, sobre Condiciones Generales de la Contratación.

El artículo 22 de la Ley 7/1998, sobre Condiciones Generales de la Contratación se modifica en los siguientes términos:

«En todo caso en que hubiere prosperado una acción colectiva o una acción individual de nulidad o no incorporación relativa a condiciones generales, el Secretario judicial dirigirá mandamiento al titular del Registro de Condiciones Generales de la Contratación para la inscripción de la sentencia en el mismo.»

← Artículo duodécimo Índice Artículo decimocuarto →