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Legislación › Ley 14/2009, de 11 de noviembre, por la que se regula el programa temporal de protección por desempleo e inserción.

Disposición adicional segunda. Convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas.

Disposición adicional segunda. Convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas.

El Servicio Público de Empleo Estatal podrá establecer convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas para desarrollar las actuaciones necesarias para el cumplimiento de lo previsto en esta Ley, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo.

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