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Legislación › Orden EHA/3111/2009, de 5 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 390 de declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido y se modifica el anexo I de la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores y 037 Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores.

Artículo 1. Aprobación del modelo 390.

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Artículo 1. Aprobación del modelo 390.
1. Se aprueba el modelo 390 «Declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido», que figura como anexo I de la presente Orden.
Este modelo será presentado por los sujetos pasivos del Impuesto obligados a la presentación de autoliquidaciones periódicas, incluidos los sujetos pasivos que tengan la consideración de grandes empresas por haber excedido de 6.010.121,04 euros su volumen de operaciones en el año natural inmediatamente anterior, calculado conforme a lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, y los sujetos pasivos autorizados a la presentación conjunta de las autoliquidaciones, según lo dispuesto en el artículo 71.5 del Reglamento del Impuesto.
El modelo 390 consta de dos ejemplares: uno para la Administración y otro para el sujeto pasivo. El número identificativo que habrá de figurar en dicho modelo será un número secuencial cuyos tres primeros dígitos se corresponderán con el código 390.
2. Serán igualmente válidas las declaraciones-resumen anual que, ajustándose a los contenidos que se realicen por medio del modelo aprobado en programa de ayuda elaborado por la presente Orden, Agencia Estatal de Administración tributaria o por cualquier otro medio que genere una declaración que se realicen con el módulo ajuste a la estructura de impresión en papel blanco que, en su caso datos definida y a estos efectos, elabore publicada por la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Tributaria en su página web, en la dirección electrónica http://www.agenciatributaria.es.
Los datos impresos en estas declaraciones prevalecerán sobre las alteraciones o correcciones manuales que pudieran producirse introducirse sobre los mismos, por lo que éstas no producirán efectos ante la Administración tributaria. Tributaria.
3. Se aprueba el modelo de sobre para la declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido, que figura como anexo II de la presente Orden, y que debe utilizarse por los sujetos pasivos que presenten el modelo 390 en impreso, en el que se introducirá el ejemplar para la Administración de cada una de las hojas del modelo.
No obstante, cuando la declaración-resumen anual se realice con el módulo de impresión en papel blanco a que se refiere el apartado 2 anterior, se utilizará el sobre de retorno «Programa de ayuda», aprobado en la Orden EHA/702/2006, de 9 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2005, se establecen el procedimiento de remisión del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y las condiciones para su confirmación o suscripción, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, así como las condiciones generales y el procedimiento para su presentación por medios telemáticos o telefónicos, tal y como establece la disposición adicional única de la citada Orden.

Redacciones de este artículo

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1 de noviembre de 2018 En vigor BOE-A-2018-14901 Leer Qué cambió
1 de julio de 2017 BOE-A-2017-5312 Leer Qué cambió
12 de octubre de 2016 BOE-A-2016-9315 Leer Qué cambió
20 de diciembre de 2014 BOE-A-2014-13180 Leer Qué cambió
22 de diciembre de 2012 BOE-A-2012-15380 Leer Qué cambió
21 de noviembre de 2009 Texto original Leer

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