Legislación › Orden ARM/3145/2009, de 19 de noviembre, por la que se regula la implantación del registro y transmisión electrónicos de los datos de la actividad de los buques pesqueros españoles.
ANEXO I
ANEXO I
El equipo informático previsto en el artículo 3, que posean a bordo los buques o que se adquiera e instale por primera vez, conforme a lo previsto en el artículo 11, deberá cumplir los siguientes requerimientos técnicos mínimos:
Sistema Operativo: Windows XP (Service Pack 2).
Microsoft Framework 3.5.
Memoria: 1GB.
Espacio en disco: 5 GB libres.
Monitor: Resolución 1024*768.
Puerto externos: 1 puerto USB.
Lector: 1 Lector CD\DVD.


