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Legislación › Orden ARM/3145/2009, de 19 de noviembre, por la que se regula la implantación del registro y transmisión electrónicos de los datos de la actividad de los buques pesqueros españoles.

ANEXO I

ANEXO I

El equipo informático previsto en el artículo 3, que posean a bordo los buques o que se adquiera e instale por primera vez, conforme a lo previsto en el artículo 11, deberá cumplir los siguientes requerimientos técnicos mínimos:

Sistema Operativo: Windows XP (Service Pack 2).

Microsoft Framework 3.5.

Memoria: 1GB.

Espacio en disco: 5 GB libres.

Monitor: Resolución 1024*768.

Puerto externos: 1 puerto USB.

Lector: 1 Lector CD\DVD.

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