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Legislación › Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias.

Disposición transitoria tercera. Empresas proveedoras de gases o fabricantes de botellas.

Disposición transitoria tercera. Empresas proveedoras de gases o fabricantes de botellas.

Las empresas autorizadas para la realización de pruebas e inspecciones de botellas en aplicación de la ITC AP-7 podrán continuar con dicha actividad, y en su caso, con la recarga de las mismas, debiendo adaptarse a los requisitos de la ITC EP 6 en el plazo de un año desde la entrada en vigor de este real decreto.

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