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Legislación › Orden PRE/3327/2009, de 10 de diciembre, por la que se aprueba la norma específica de peritación de daños en la producción de alcachofa, amparados por el seguro agrario combinado.

ANEXO 3

ANEXO 3

Daños en calidad (%) por helada (3) para el área II según se fija en la Orden correspondiente del MARM (4)

Grupo Sintomatología Daño (%)
A Capítulos sin daño. 0
B Manchas superficiales en las brácteas del capítulo que no afectan a más de 1/3 de la superficie del mismo. 30
C Manchas en las brácteas del capítulo que afectan a más de 1/3 de la superficie del mismo. 60
D Daños internos de helada que afectan al tallo del capítulo de tamaño comercial, sin afectar al corazón de éste. Manchas en las brácteas del capítulo que afectan a más de 2/3 de la superficie del mismo cuando su destino sea la comercialización en fresco. 90
E Capítulos totalmente depreciados sin ningún aprovechamiento industrial, o que al no haber alcanzado su total desarrollo han sido afectados en el tallo o en el corazón. 100

(3) Esta tabla servirá también para valorar los daños cubiertos para otros riesgos que puedan ocasionar la misma sintomatología.

(4) Orden anual del MARM por el que se definen las producciones y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas del cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios en relación con el seguro combinado y de daños excepcionales en alcachofa.

En campo se determinará el destino de la producción según sea industria o fresco dependiendo del tamaño de los capítulos y su conformación.

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