Legislación › Ley 9/2009, de 20 de noviembre, de accesibilidad universal al sistema de transportes de la Comunitat Valenciana.
Artículo 4. Definiciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 15 de diciembre de 2009 y la del 8 de enero de 2025.
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Artículo 4. Definiciones.
En la presente esta ley se declaran aplicables las definiciones recogidas en el artículo 3 de la Ley 1/1998, de 5 de mayo, de la Generalitat, de Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas, Urbanísticas y de accesibilidad universal e inclusiva aprobada por la Comunicación. Generalitat.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 8 de enero de 2025 En vigor | BOE-A-2025-717 | Leer | Qué cambió |
| 15 de diciembre de 2009 | Texto original | Leer |


