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Legislación › Ley 9/2009, de 20 de noviembre, de accesibilidad universal al sistema de transportes de la Comunitat Valenciana.

Artículo 7. De los itinerarios peatonales.

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Artículo 7. De los itinerarios peatonales.
Los principios de la presente ley y las obligaciones dimanantes de ella se extienden tanto a la fase de planificación y construcción como a la de gestión y uso de los viales públicos destinados al tráfico peatonal, debiendo cumplirse en todas estas fases los siguientes requisitos:
1. Las figuras de planeamiento urbanístico, así como los instrumentos que las desarrollen y los proyectos de cualquier tipo que implanten o modifiquen viales públicos destinados al tráfico de peatones, habrán de garantizar la accesibilidad en la utilización de los espacios de uso público y se sujetarán a lo previsto en la presente ley, en la Ley 1/1998, de 5 de mayo, de la Generalitat, Generalitat de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas, urbanísticas y de la comunicación, universal y a aquellas en las otras normas que reglamentariamente las desarrollen, no pudiendo en caso contrario ser objeto del trámite desarrollan, a excepción de aprobación requerido su inviabilidad por la legislación sectorial aplicable. las condiciones naturales y topográficas del entorno o que suponga una carga no proporcionada.
2. Las labores de mantenimiento o conservación que se realicen en dichos viales no podrán disminuir las condiciones de accesibilidad preexistentes.
3. Queda prohibida la implantación, por parte de las Administraciones titulares de las vías o de los particulares, de cualquier elemento de mobiliario urbano o, en general, de cualquier obstáculo fijo o móvil que altere negativamente las condiciones de vialidad peatonal antes señaladas.
4. Las normas del presente artículo no serán de aplicación en aquellos supuestos excepcionales que reglamentariamente se determinen, como aquellas zonas en que por sus condiciones técnicas no resultara posible su aplicación.

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En vigor desdeLa introdujo
8 de enero de 2025 En vigor BOE-A-2025-717 Leer Qué cambió
15 de diciembre de 2009 Texto original Leer

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