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Legislación › Real Decreto 32/2009, de 16 de enero, por el que se aprueba el Protocolo nacional de actuación Médico-forense y de Policía Científica en sucesos con víctimas múltiples.

Artículo 10. Traslado de cadáveres y restos humanos al depósito.

Artículo 10. Traslado de cadáveres y restos humanos al depósito.

El traslado de los cadáveres y restos humanos desde el lugar del levantamiento hasta el depósito establecido, será supervisado por los responsables de los equipos de levantamiento, cumplimentando las Actas de traslado al depósito de cadáveres y restos humanos (anexo IV).

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