LexTotal

Legislación › Resolución de 14 de diciembre de 2009, de la Dirección de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, por la que se establece el procedimiento y las condiciones para el pago de las tasas, aplicables por la inserción de anuncios en los diarios "Boletín Oficial del Estado" y "Boletín Oficial del Registro Mercantil", mediante soporte papel o por vía telemática, a través de entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria.

Cuarto. Medios de pago.

Cuarto. Medios de pago.

El obligado al pago o sujeto pasivo puede optar por realizar los pagos de las correspondientes tasas a la AEBOE por vía telemática o presencialmente en cualquiera de las entidades financieras que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria que tiene encomendada la Agencia Estatal de Administración Tributaria, mediante cargo en cuenta o en efectivo. Ambos procedimientos se describen en la sede electrónica de la AEBOE.

← Tercero Índice Quinto →