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Legislación › Ley 5/2009, de 20 de octubre, de Ordenación del Transporte y la Movilidad por Carretera.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

Se regirá por esta ley el transporte de viajeros y mercancías por carretera que se desarrollen íntegramente en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, así como sus servicios complementarios y actividades auxiliares. Lo expuesto ha de entenderse con estricto respeto a las competencias estatales en la materia.

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