Legislación › Orden INT/3516/2009, de 29 de diciembre, por la que se crea un registro electrónico, en la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito Cuerpo Nacional de Policía).
Disposición transitoria única. Dirección electrónica de conexión.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2010 y la del 18 de marzo de 2010.
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Disposición transitoria única. Dirección electrónica de conexión.
Hasta tanto se publique la dirección de la sede electrónica a que se hace referencia en el artículo 5, los interesados en acceder al Registro Electrónico de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito Cuerpo Nacional de Policía), deberán hacerlo a través de la dirección electrónica www.policia.es/ServiciosElectrónicos https://sede.policia.gob.es.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 18 de marzo de 2010 En vigor | BOE-A-2010-4443 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2010 | Texto original | Leer |
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