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Legislación › Circular 1/2009, de 18 de diciembre, del Banco de España, a entidades de crédito y otras supervisadas, en relación con la información sobre la estructura de capital y cuotas participativas de las entidades de crédito, y sobre sus oficinas, así como sobre los altos cargos de las entidades supervisadas.

Disposición transitoria segunda.

Disposición transitoria segunda.

Antes del 30 de junio de 2010, todas las entidades citadas en los apartados 1 y 2 de la Norma cuarta deberán requerir a los interesados, e informar de ellos al Banco de España, mediante la tramitación del formulario que se incorpora en el anejo V, los puestos que sus cargos de administración, señalados en el apartado 5 de dicha Norma, desempeñen en sociedades extranjeras y en aquellas sociedades españolas que no revistan el carácter de anónimas, con indicación de aquellos que entrañen funciones ejecutivas.

Con la finalidad de contribuir a la exactitud de dicha declaración y, en general a la del Registro o base de datos correspondiente, el Banco de España remitirá, durante el mes siguiente a la entrada en vigor de esta Circular, los datos que mantiene relativos a los altos cargos de las aludidas entidades.

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