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Legislación › Circular 1/2009, de 18 de diciembre, del Banco de España, a entidades de crédito y otras supervisadas, en relación con la información sobre la estructura de capital y cuotas participativas de las entidades de crédito, y sobre sus oficinas, así como sobre los altos cargos de las entidades supervisadas.

Norma segunda. Información sobre la estructura de las cuotas participativas

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Norma segunda. Información sobre la estructura de las cuotas participativas
Las cajas de ahorros trimestralmente, dentro del mes siguiente al trimestre natural al que se refieran, y referido al último día del período, remitirán al Banco de España una relación de todos los cuotapartícipes que tengan la condición de entidades financieras y los que, no siéndolo, tengan a su nombre cuotas que representen un porcentaje igual o superior al 0,5% del volumen total de cuotas participativas en circulación, entendido, a los efectos del cálculo previsto en esta información, como el nominal de las cuotas emitidas y no amortizadas a la fecha a la que se refiera la comunicación. Estas comunicaciones se efectuarán utilizando el modelo incluido en el anejo III.
A efectos de esta norma, como entidades financieras se incluirán, en todo caso, las de nacionalidad española a las que se hace referencia en las letras a) a g) del punto 4 del artículo octavo de la Ley 13/1985, de 25 de mayo, sobre Coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros, las entidades aseguradoras y las reaseguradoras, y aquellas otras entidades extranjeras que le conste a la entidad declarante que tienen una naturaleza similar a las citadas anteriormente.
(Derogada)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
21 de febrero de 2024 En vigor BOE-A-2024-1867 Leer Qué cambió
20 de enero de 2010 Texto original Leer

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