Legislación › Real Decreto 170/2009, de 13 de febrero, sobre compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías incluidas en el anexo I del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, con origen o destino en las Islas Canarias.
Disposición transitoria segunda. Solicitudes de compensación al transporte realizado en 2007 y 2008.
Disposición transitoria segunda. Solicitudes de compensación al transporte realizado en 2007 y 2008.
Las solicitudes de compensación a los transportes realizados en los ejercicios 2007 y 2008 ya presentadas según el Real Decreto 199/2000, de 11 de febrero, sobre compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías con origen o destino en las Islas Canarias, quedan amparadas por el presente real decreto y serán ampliadas con una solicitud complementaria en la que se incorporarán los nuevos conceptos de costes subvencionables regulados en el artículo 6.1. Esta solicitud complementaria podrá presentarse en un plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente real decreto en el «Boletín Oficial del Estado».
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