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Legislación › Real Decreto 244/2009, de 27 de febrero, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo al sector vitivinícola español.

Disposición adicional única. Periodo de contratación y presentación de contratos.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de febrero de 2009 y la del 21 de febrero de 2010. Tachado: lo que se quitó (38 palabras). Subrayado: lo que se añadió (34 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional única. Destilación Periodo de alcohol para uso contratación y presentación de boca en la campaña 2008/2009. contratos.
Para la campaña 2008/2009 2009/2010, el plazo de presentación de las solicitudes por los viticultores contenido en el apartado 1 del artículo 46 y el período de contratación entre productores y destiladores establecido en el apartado 1 del artículo 50, 50 y la presentación de la copia firmada de los contratos de destilación contemplada en la letra c) del apartado 2 del artículo 45, finalizará en el plazo máximo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente a desde la publicación entrada en vigor del presente real decreto.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
21 de febrero de 2010 En vigor BOE-A-2010-2741 Leer Qué cambió
28 de febrero de 2009 Texto original Leer

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