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Legislación › Ley 15/2008, de 5 de diciembre, de integración de las personas inmigrantes en la Comunitat Valenciana.

Artículo 35. Medidas encaminadas a favorecer el empleo de las personas inmigrantes.

Artículo 35. Medidas encaminadas a favorecer el empleo de las personas inmigrantes.

Con el fin de facilitar el acceso al trabajo de las personas inmigrantes, la Generalitat adoptará, entre otras, las siguientes medidas:

a) Realizar estudios para conocer las características de la demanda laboral y la oferta de trabajo.

b) Difundir información sobre vías de acceso al empleo, y sobre los derechos y deberes de los trabajadores inmigrantes.

c) Establecer sistemas de fomento y colaboración con entidades de inserción que realicen acciones dirigidas a abrir el mercado de trabajo a las personas inmigrantes.

d) Fomentar que las empresas ofrezcan formación a los trabajadores inmigrantes que empleen.

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