Legislación › Ley 1/2009, de 27 de febrero, reguladora de la Mediación Familiar en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Disposición transitoria única.
Disposición transitoria única.
Aquellos y aquellas profesionales que a la entrada en vigor de la presente ley vengan realizando actuaciones de mediación familiar podrán ser habilitados para el ejercicio de la misma, a través del procedimiento que se establezca reglamentariamente.
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