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Legislación › Ley 1/2009, de 27 de febrero, reguladora de la Mediación Familiar en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Disposición transitoria única.

Disposición transitoria única.

Aquellos y aquellas profesionales que a la entrada en vigor de la presente ley vengan realizando actuaciones de mediación familiar podrán ser habilitados para el ejercicio de la misma, a través del procedimiento que se establezca reglamentariamente.

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