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Legislación › Real Decreto 641/2009, de 17 de abril, por el que se regulan los procesos de control de dopaje y los laboratorios de análisis autorizados, y por el que se establecen medidas complementarias de prevención del dopaje y de protección de las salud en el deporte.

Artículo 55. Formación teórica.

Artículo 55. Formación teórica.

La formación teórica de los Agentes de control del dopaje se realizará con su participación en los cursos de formación presenciales o a distancia que permitan acreditar la dedicación de los alumnos

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