LexTotal

Legislación › Ley 3/2009, de 6 de abril, de montes de Castilla y León.

Artículo 3. Ámbito de aplicación.

Artículo 3. Ámbito de aplicación.

Esta Ley es de aplicación a todos los terrenos que tengan la condición de monte de acuerdo con lo dispuesto en el precepto anterior, en los términos consignados por el artículo 2 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

← Artículo 2 Índice Artículo 4 →