Legislación › Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales de Galicia.
Artículo 76. Régimen de infracciones y sanciones.
Artículo 76. Régimen de infracciones y sanciones.
1. Las infracciones en materia de servicios sociales serán objeto de las sanciones administrativas correspondientes, que serán impuestas por los órganos competentes de la Administración autonómica, previa instrucción del oportuno expediente y sin perjuicio de las responsabilidades penales, laborales o de otro orden que pudieran concurrir.
2. Sin perjuicio del régimen de infracciones y sanciones previsto en el presente título, resultará de aplicación la regulación contenida en el título III de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, con las especialidades previstas en la presente ley.


