Legislación › Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales de Galicia.
Disposición final segunda. Aprobación del Catálogo de servicios sociales.
Disposición final segunda. Aprobación del Catálogo de servicios sociales.
En el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de la presente ley, el Consejo de la Xunta de Galicia, a propuesta del departamento con competencias de servicios sociales, deberá proceder a la aprobación del Catálogo de servicios sociales.
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