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Legislación › Ley 10/2008, de 9 de diciembre, de carreteras de Castilla y León.

Artículo 1. Objeto.

Artículo 1. Objeto.

1. Es objeto de la presente ley la regulación de la planificación, proyección, construcción, conservación, financiación, uso y explotación de las carreteras con itinerario comprendido íntegramente en el territorio de la Comunidad de Castilla y León y que no sean de titularidad del Estado.

2. Se consideran carreteras las vías de dominio y uso público proyectadas y construidas fundamentalmente para la circulación de vehículos automóviles.

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