Legislación › Ley 10/2008, de 9 de diciembre, de carreteras de Castilla y León.
Artículo 1. Objeto.
Artículo 1. Objeto.
1. Es objeto de la presente ley la regulación de la planificación, proyección, construcción, conservación, financiación, uso y explotación de las carreteras con itinerario comprendido íntegramente en el territorio de la Comunidad de Castilla y León y que no sean de titularidad del Estado.
2. Se consideran carreteras las vías de dominio y uso público proyectadas y construidas fundamentalmente para la circulación de vehículos automóviles.


