LexTotal

Legislación › Ley 10/2008, de 9 de diciembre, de carreteras de Castilla y León.

Artículo 22. Zonas de la carretera.

Artículo 22. Zonas de la carretera.

A los efectos de la presente ley se establecen en las carreteras las siguientes zonas: de dominio público, de servidumbre y de afección.

← Artículo 21 Índice Artículo 23 →