Legislación › Orden EHA/1327/2009, de 26 de mayo, sobre normas especiales para la elaboración, documentación y presentación de la información contable de las sociedades de garantía recíproca.
Artículo 2. Documentos para reflejar la información contable.
Artículo 2. Documentos para reflejar la información contable.
1. Las sociedades reflejarán su información contable a través de las cuentas anuales y de los estados de carácter reservado.
2. Las cuentas anuales comprenderán el balance; la cuenta de pérdidas y ganancias; el estado de cambios en el patrimonio neto, que consta de dos partes, el estado de ingresos y gastos reconocidos y el estado total de cambios en el patrimonio neto; el estado de flujos de efectivo y la memoria. Estos documentos forman una unidad y se redactarán de acuerdo con las fuentes establecidas en esta orden.
3. Los estados de carácter reservado, que serán remitidos trimestralmente no más tarde del día 15 del segundo mes siguiente a la fecha a la que correspondan, comprenderán:
a) Balance reservado.
b) Cuenta de Pérdidas y Ganancias reservada.
c) Cobertura del riesgo de crédito.
d) Clasificación de los avales y garantías otorgados.


