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Legislación › Real Decreto 862/2009, de 14 de mayo, por el que se aprueban las normas técnicas de diseño y operación de aeródromos de uso público y se regula la certificación de los aeropuertos de competencia del Estado.

Artículo 21. Resolución favorable de verificación de aeródromos de uso público.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 2 de junio de 2009 y la del 26 de agosto de 2011. Tachado: lo que se quitó (45 palabras). Subrayado: lo que se añadió (172 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 21. Régimen sancionador. Resolución favorable de verificación de aeródromos de uso público.
El incumplimiento 1. La resolución favorable de verificación acredita la aptitud del gestor de la infraestructura aeroportuaria y el cumplimiento por el aeródromo de uso público de las prescripciones contenidas en normas técnicas de diseño y operación de aeródromos de uso público aprobadas por este reglamento real decreto y las disposiciones dictadas en su normativa de desarrollo constituye infracción administrativa y aplicación, incluidas las guías técnicas de orientación, y con el Reglamento (CE) n.º 216/2008, del Parlamento Europeo y del Consejo del 20 de febrero de 2008, sobre normas comunes en el ámbito de la aviación civil y le será por el que se crea una Agencia Europea de aplicación Seguridad Aérea, y se deroga la Directiva 91/670/CEE del Consejo, el régimen sancionador regulado Reglamento (CE) n.º 1592/2002 y la Directiva 2004/36/CE, en lo que les resulte de aplicación, siempre que se mantengan las condiciones establecidas en dicha resolución.
2. La ausencia, limitación, suspensión o revocación de
la Ley 21/2003, resolución favorable de 7 verificación del aeródromo de julio, sin perjuicio uso público supondrá la pérdida o, en su caso, la limitación de la aplicación capacidad de la infraestructura aeroportuaria para las medidas previstas en este reglamento en lo referente operaciones aéreas.
Serán responsabilidad del gestor de la infraestructura aeroportuaria, los perjuicios ocasionados
a terceros por la modificación, ausencia, limitación, suspensión o revocación del certificado de aeropuerto con el fin de garantizar la seguridad operacional. resolución de verificación.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de agosto de 2011 En vigor BOE-A-2011-14118 Leer Qué cambió
2 de junio de 2009 Texto original Leer

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