Legislación › Ley 4/2009, de 24 de abril, Canaria de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
Artículo 5. Prioridades geográficas.
Artículo 5. Prioridades geográficas.
En cuanto a las prioridades geográficas, se atenderá de manera preferente:
a) Los países con los que existen relaciones de tipo histórico, cultural o de vecindad.
b) Los países donde existan comunidades de canarios o descendientes de éstos.
c) Los países de los que la Comunidad Autónoma de Canarias reciba flujos migratorios.


