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Legislación › Ley 4/2009, de 24 de abril, Canaria de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

Artículo 5. Prioridades geográficas.

Artículo 5. Prioridades geográficas.

En cuanto a las prioridades geográficas, se atenderá de manera preferente:

a) Los países con los que existen relaciones de tipo histórico, cultural o de vecindad.

b) Los países donde existan comunidades de canarios o descendientes de éstos.

c) Los países de los que la Comunidad Autónoma de Canarias reciba flujos migratorios.

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