Legislación › Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón.
Artículo 21 quater. Comisión de traspaso.
Artículo 21 quater. Comisión de traspaso.
1. Tras la celebración de las elecciones autonómicas, el candidato a la Presidencia propuesto por el Presidente de las Cortes de Aragón, y a través de este, podrá solicitar la constitución en las Cortes de una comisión de traspaso con la finalidad de examinar la documentación de traspaso y aclarar cuantos extremos sean necesarios al objeto de facilitar el normal traspaso de poderes.
2. Integrarán la comisión los miembros del Gobierno en funciones y/o los altos cargos de la Administración designados por el Presidente en funciones junto con las personas designadas al efecto por el candidato a la Presidencia.
Se añade por la disposición final 5.1 de la Ley 5/2017, de 1 de junio. BOE-A-2017-10292


