Legislación › Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón.
Artículo 26. Delegación del Gobierno en Madrid.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 8 de junio de 2009 y la del 1 de enero de 2013.
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Artículo 26. Delegación del Gobierno en Madrid.
1. El Gobierno dispondrá de una delegación en Madrid a través de una oficina permanente. (Derogado)
2. La delegación tiene por objeto la representación institucional del Gobierno de Aragón en la capital del Estado y ejercerá las funciones que le encomiende el Gobierno.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2013 En vigor | BOE-A-2013-1424 | Leer | Qué cambió |
| 8 de junio de 2009 | Texto original | Leer |


