Legislación › Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón.
Artículo 44. Plan Anual Normativo.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 8 de junio de 2009 y la del 22 de julio de 2021.
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Artículo 44. Principio de jerarquía normativa de los reglamentos. Plan Anual Normativo.
1. Según el principio de jerarquía normativa, no podrán dictarse reglamentos contrarios a El Gobierno aprobará anualmente, mediante acuerdo, un Plan Normativo que recogerá todas las leyes ni iniciativas legislativas y reglamentarias que, durante el año siguiente, vayan a otros reglamentos de rango superior. ser elevadas para su aprobación.
2. Los reglamentos El Plan será aprobado durante el último trimestre del año anterior y se ordenaran jerárquicamente, según publicará en el respectivo orden Portal de los órganos Transparencia del Gobierno de los Aragón.
3. Cuando se eleve para su aprobación una propuesta normativa que emanen, de no figure en el Plan Anual Normativo del ejercicio en curso, será necesario justificar este hecho en la siguiente forma: memoria justificativa.
1.º Disposiciones aprobadas por Decreto 4. Anualmente, antes del Presidente 30 de abril del ejercicio siguiente, el Gobierno o por Decreto del Gobierno. de
2.º Disposiciones aprobadas por OrdenComisiones Delegadas del Gobierno. Aragón aprobará un
3.º Disposiciones aprobadas mediante Orden por los Vicepresidentes y los Consejeros.
3. Son nulas las resoluciones administrativas que vulneren lo establecido enreglamento, aunque hayan sido dictadas por órganos de igual o superior jerarquía que informe en el que lo haya dictado. se recogerá el grado de cumplimiento del Plan Normativo del año anterior.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 22 de julio de 2021 En vigor | BOE-A-2021-12700 | Leer | Qué cambió |
| 8 de junio de 2009 | Texto original | Leer |


