Legislación › Ley 4/2009, de 15 de junio, de control de precursores de drogas.
Disposición Adicional Tercera. Destino de las multas y de las ganancias decomisadas.
Disposición Adicional Tercera. Destino de las multas y de las ganancias decomisadas.
Al importe de las multas y de las ganancias decomisadas, acordadas en la resolución sancionadora, se les dará el destino previsto en la Ley 17/2003, de 29 de mayo, por la que se regula el Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados.
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