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Legislación › Ley 11/2010, de 28 de junio, de reforma del sistema de apoyo financiero a la internacionalización de la empresa española.

Artículo 13 bis.

Artículo 13 bis.

El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, a través de la Secretaría de Estado de Comercio, como gestor del instrumento, podrá firmar Protocolos Financieros con Estados extranjeros potenciales beneficiarios de la financiación FIEM. Estos Protocolos Financieros se destinarán a la promoción de la financiación de nuevos proyectos de interés para la internacionalización de la economía española. Estos protocolos se inspirarán en los principios y objetivos de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.

Se añade por la disposición final 14.2 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo. BOE-A-2022-4972

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