LexTotal

Legislación › Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.

Artículo 419. Constitución del sindicato.

Artículo 419. Constitución del sindicato.

El sindicato de obligacionistas quedará constituido, una vez que se inscriba la escritura de emisión, entre los adquirentes de las obligaciones a medida que vayan recibiendo los títulos o practicándose las anotaciones.

← Artículo 418 Índice Artículo 420 →