LexTotal

Legislación › Ley 5/2010, de 21 de junio, canaria de fomento a la participación ciudadana.

Artículo 25. Fomento del asociacionismo.

Artículo 25. Fomento del asociacionismo.

1. Todas las personas tienen derecho a participar directamente o través de sus asociaciones en la gestión de los asuntos públicos.

2. Los poderes públicos canarios fomentarán y apoyarán el asociacionismo y el voluntariado, considerados ambos como la expresión colectiva del compromiso de la ciudadanía.

3. A tal efecto, los poderes públicos canarios podrán adoptar medidas normativas y, dentro de sus posibilidades presupuestarias, medidas económicas de fomento como ayudas, subvenciones, convenios, cursos de formación y capacitación, servicios de asesoramiento y cualquier otra forma de colaboración que resulte adecuada para esta finalidad.

← Artículo 24 Índice Artículo 26 →