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Legislación › Ley 5/2010, de 21 de junio, canaria de fomento a la participación ciudadana.

Disposición adicional tercera. De los órganos de participación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Disposición adicional tercera. De los órganos de participación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

1. Por decreto del Gobierno de Canarias se determinarán los órganos de participación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias que habrán de adaptarse a lo previsto en esta ley.

2. Lo establecido en el apartado anterior no afectará a la participación institucional.

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