LexTotal

Legislación › Ley 4/2010, de 23 de junio, de fomento del sector naval de Galicia.

Artículo 2.

Artículo 2.

La Xunta de Galicia, en el ámbito de sus competencias y de conformidad con la normativa estatal y comunitaria aplicable, establecerá programas específicos de fomento del sector naval en los ámbitos que a continuación se relacionan:

a) La investigación, el desarrollo y la innovación.

b) La formación profesional.

c) La ordenación de usos de los espacios portuarios.

d) Las ayudas a la construcción, transformación, reciclaje y reparaciones navales.

e) Las ayudas a la exportación e internacionalización.

f) El establecimiento de las garantías necesarias para la construcción naval.

g) La mejora de la competitividad de los astilleros y de la industria auxiliar.

← Artículo 1 Índice Artículo 3 →