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Legislación › Ley 8/2010, de 23 de junio, de régimen local de la Comunitat Valenciana.

Artículo 132. Suspensión de la condición de miembro de la corporación local.

Artículo 132. Suspensión de la condición de miembro de la corporación local.

Quien ostente la condición de miembro de una corporación local quedará suspendido en sus derechos, prerrogativas o deberes cuando una resolución judicial lo comporte de acuerdo con la normativa aplicable.

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