LexTotal

Legislación › Ley 8/2010, de 23 de junio, de régimen local de la Comunitat Valenciana.

Artículo 145. Descentralización de competencias.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 14 de julio de 2010 y la del 1 de enero de 2018. Tachado: lo que se quitó (10 palabras). Subrayado: lo que se añadió (11 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 145. Descentralización de competencias.
1. Se procederá a la descentralización a favor de los ayuntamientos y las entidades locales supramunicipales de la Comunitat Valenciana de todas aquellas competencias que sean susceptibles de ello, atendiendo a su capacidad de gestión.
2. La descentralización de competencias a los ayuntamientos y entidades locales supramunicipales que se refiere este precepto deberá realizarse por ley de Les Corts y deberá ir acompañada de los suficientes recursos económicos para que sea efectiva.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2018 En vigor BOE-A-2018-1871 Leer Qué cambió
14 de julio de 2010 Texto original Leer

← Artículo 144 Índice Artículo 146 →