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Legislación › Ley 8/2010, de 23 de junio, de régimen local de la Comunitat Valenciana.

Artículo 175. Resolución del concurso ordinario.

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Artículo 175. Resolución del concurso ordinario.
Las resoluciones de los concursos ordinarios se efectuarán por las corporaciones locales y las remitirán al órgano competente en materia de administración local de la Comunitat Valenciana quien, previa coordinación de las mismas para evitar la pluralidad simultánea de adjudicaciones a favor de un mismo concursante, procederá a su publicación en el «Diari Oficial de la Comunitat Valenciana», dando traslado de la misma al Ministerio de Administraciones Públicas para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y para su inclusión en el Registro de Funcionarios y Funcionarias con habilitación de carácter estatal. (Sin contenido).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2019 En vigor BOE-A-2019-1987 Leer Qué cambió
14 de julio de 2010 Texto original Leer

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