Legislación › Ley 8/2010, de 23 de junio, de régimen local de la Comunitat Valenciana.
Artículo 86. Aportaciones de los municipios integrantes del área metropolitana.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 14 de julio de 2010 y la del 7 de abril de 2011.
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Artículo 86. Aportaciones de los municipios integrantes del área metropolitana.
1. El régimen económico de las entidades metropolitanas de la Comunitat Valenciana garantizará, en todo caso, la justa y proporcional distribución de las cargas entre todos los municipios integrados.
2. Las aportaciones económicas de los municipios se fijarán por la Asamblea mediante un porcentaje referido a su participación en los tributos del Estado, al beneficio directo o indirecto que reciban de los servicios prestados por la entidad metropolitana correspondiente y a los votos que ostenten dentro de la Asamblea.
3. En caso de impago de la aportación las aportaciones de los municipios aprobada aprobadas por el órgano plenario de la entidad, entidad local, podrá ser descontada de los libramientos que a la Generalitat corresponda hacer a favor de dichos municipios, municipios de acuerdo con el procedimiento establecido en las la normas correspondientes. correspondientes y en todo caso con cargo a recursos económicos procedentes de fondos de la Generalitat.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 7 de abril de 2011 En vigor | BOE-A-2011-7332 | Leer | Qué cambió |
| 14 de julio de 2010 | Texto original | Leer |


