Legislación › Ley 8/2010, de 23 de junio, de régimen local de la Comunitat Valenciana.
Disposición transitoria primera. Voto ponderado en mancomunidades.
Disposición transitoria primera. Voto ponderado en mancomunidades.
El funcionamiento de las mancomunidades mediante el sistema de voto ponderado entrará en vigor tras la celebración de las siguientes elecciones locales y nueva constitución de sus órganos de gobierno, manteniendo hasta ese momento el sistema que vinieran utilizando.
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