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Legislación › Ley 1/2010, de 11 de marzo, de regulación de la tasa para la concesión de la etiqueta ecológica en Castilla-La Mancha.

Artículo 1. Hecho imponible.

Artículo 1. Hecho imponible.

Constituye el hecho imponible de esta tasa la tramitación, por el órgano administrativo competente de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de la solicitud de concesión de la etiqueta ecológica para los productos que se encuentren dentro del ámbito de aplicación del Reglamento 66/2010, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la etiqueta ecológica de la Unión Europea o la norma que lo sustituya.

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