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Legislación › Real Decreto 937/2010, de 23 de julio, por el que se regula el Fondo Financiero del Estado para la Modernización de las Infraestructuras Turísticas.

Artículo 2. Naturaleza, régimen jurídico, adscripción y denominación.

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Artículo 2. Régimen jurídico. Naturaleza, régimen jurídico, adscripción y denominación.
1. El FOMIT se rige por las normas contenidas en la disposición adicional cuadragésima tercera de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007, en la redacción dada a por la misma por la disposición final decimocuarta. dos decimocuarta.dos de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008, y por las disposiciones del presente real decreto. decreto y por lo dispuesto en la Ley 40/2015, del Régimen Jurídico del Sector Público.
2. El FOMIT se configura como un fondo carente de personalidad jurídica de los previstos en el artículo 137 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público cuya dotación se efectúa mayoritariamente desde los Presupuestos Generales del Estado. Por ello, conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, le será de aplicación lo dispuesto en dicha Ley y en las normas que la las desarrollen, en cuanto a su régimen presupuestario, económico-financiero, contable y de control.
3. La El FOMIT está adscrito al Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital a través de la Secretaría de Estado de Turismo, a la que le corresponde su dirección estratégica y la evaluación y el control de eficacia de sus actuaciones, en los términos previstos en los artículos 85 y 103.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como la formulación, puesta a disposición, aprobación y rendición de las cuentas del FOMIT ante la Intervención General de la Administración General del Estado, corresponde a la Secretaría de Estado de Turismo.
4. Su denominación es «Fondo Financiero del Estado para la Modernización de las Infraestructuras Turísticas (FOMIT), F.C.P.J.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
14 de octubre de 2017 En vigor BOE-A-2017-11751 Leer Qué cambió
25 de julio de 2010 Texto original Leer

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