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Legislación › Orden EDU/2095/2010, de 28 de julio, por la que se establece la estructura de las pruebas para la obtención del título de bachiller para personas mayores de veinte años en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación.

Artículo 7. Superación de las pruebas y obtención del título de Bachiller y certificaciones.

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Artículo 7. Superación de la prueba. las pruebas y obtención del título de Bachiller y certificaciones.
1. Para la obtención del título de Bachiller a través de esta prueba estas pruebas será necesaria la superación de:
a) Todas las pruebas
de todas las materias comunes generales del bloque de ambos cursos, seis materias asignaturas troncales de modalidad, tres la modalidad elegida por el aspirante.
b) Dos materias
de primer curso y tres opción de segundo cada curso, del bloque de las cuales al menos cinco deberán ser asignaturas troncales de la modalidad o vía elegida, y dos materias optativas, conforme lo establecido en elegida por el artículo 13.4 aspirante.
c) Una materia del bloque
de la Orden EDU/3330/2010, asignaturas específicas de 16 cada curso, de diciembre, por la que se regulan entre las enseñanzas de bachillerato para personas adultas en régimen nocturno, a distancia y a distancia virtual, recogidas en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, siempre artículo 34 bis.4 y cuando se respete la normativa de prelación establecida en el anexo II 34 ter.4, de la Orden ESD/1729/2008, Ley Orgánica 2/2006, de 11 3 de junio. mayo, que no sea Educación Física ni Religión.
2. El resultado obtenido en cada una de las materias que componen la prueba será puntuado de 0 a 10; 10 sin decimales. Se considerará superada una materia cuando la puntuación con decimales se redondeará al número entero más próximo y en el caso de que el dígito decimal obtenida sea 5, el redondeo se hará al número entero superior. igual o superior a 5.
3. El alumnado Los aspirantes que finalice las enseñanzas profesionales se encuentren en posesión de Música y Danza recibirá el un título de Bachiller si supera los ejercicios de todas las materias comunes de Bachillerato, de acuerdo con lo establecido en el artículo 19.2 Técnico o de la Orden ESD/1729/2008, Técnico Superior o de 11 Técnico de junio.
4. Igualmente, los alumnos que estén en posesión del título
las Enseñanzas Profesionales de técnico Música o de Formación Profesional obtendrán Danza, podrán obtener el título de Bachiller si superan superando las materias comunes de Bachillerato, según lo establecido en el artículo 34.3 generales del Real Decreto 1147/2011, de 29 bloque de julio, por el que se establece la ordenación general asignaturas troncales de la Formación Profesional del sistema educativo. modalidad elegida.
5. 4. Las materias superadas mediante la presente prueba en estas pruebas se considerarán, así mismo, superadas para sucesivas convocatorias o para cursar las enseñanzas de Bachillerato para personas adultas en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
6. 5. Para los aspirantes que reúnan los requisitos para la obtención del título de Bachiller, se procederá al cálculo de la nota media de Bachillerato conforme a lo establecido en la normativa que lo regula.
7. 6. Quienes superen satisfactoriamente la prueba las pruebas en cualquiera de sus modalidades recibirán el título de Bachiller previa solicitud. Bachiller. La obtención del título de Bachiller estará sujeta en todo caso al cumplimiento de los requisitos contemplados en la normativa vigente.
8. 7. Todas las personas que participen en la prueba las pruebas podrán obtener, previa solicitud, una certificación de los resultados obtenidos. las calificaciones obtenidas.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
9 de marzo de 2017 En vigor BOE-A-2017-2459 Leer Qué cambió
27 de marzo de 2015 BOE-A-2015-3220 Leer Qué cambió
20 de febrero de 2011 BOE-A-2011-3256 Leer Qué cambió
3 de agosto de 2010 Texto original Leer

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