Legislación › Ley 9/2010, de 7 de julio, de designación de Senadores o Senadoras en representación de la Comunitat Valenciana.
Artículo 13. Mandato.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de noviembre de 2017 y la del 30 de diciembre de 2019.
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Artículo 13. Mandato.
1. El mandato de las personas designadas, de acuerdo con conforme a lo que dispone dispuesto en esta ley, lo será hasta la finalización de la legislatura de Les las Corts Valencianes en la que se produjo la su designación. No obstante, los senadores Senadores o las senadoras Senadoras en ejercicio continuarán deben continuar en sus funciones hasta la toma de posesión de los que hayan de sustituirlos, salvo el caso de que coincida la disolución del Senado y Les Corts. quienes deban sustituirlos.
2. Si concluye la legislatura del Senado antes de que concluya la legislatura de Les Corts que designó las senadoras o los senadores, se entenderán confirmados en el cargo por el tiempo que quede de la legislatura de Les Corts.
3. (Anulado).
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de diciembre de 2019 En vigor | BOE-A-2020-446 | Leer | Qué cambió |
| 16 de noviembre de 2017 | BOE-A-2017-13227 | Leer | Qué cambió |
| 27 de septiembre de 2017 | BOE-A-2017-10957 | Leer | Qué cambió |
| 8 de noviembre de 2016 | BOE-A-2016-11023 | Leer | Qué cambió |
| 10 de julio de 2010 | Texto original | Leer |


