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Legislación › Ley 9/2010, de 7 de julio, de designación de Senadores o Senadoras en representación de la Comunitat Valenciana.

Artículo 13. Mandato.

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Artículo 13. Mandato.
1. El mandato de las personas designadas, de acuerdo con conforme a lo que dispone dispuesto en esta ley, lo será hasta la finalización de la legislatura de Les las Corts Valencianes en la que se produjo la su designación. No obstante, los senadores Senadores o las senadoras Senadoras en ejercicio continuarán deben continuar en sus funciones hasta la toma de posesión de los que hayan de sustituirlos, salvo el caso de que coincida la disolución del Senado y Les Corts. quienes deban sustituirlos.
2. Si concluye la legislatura del Senado antes de que concluya la legislatura de Les Corts que designó las senadoras o los senadores, se entenderán confirmados en el cargo por el tiempo que quede de la legislatura de Les Corts.
3. (Anulado).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de diciembre de 2019 En vigor BOE-A-2020-446 Leer Qué cambió
16 de noviembre de 2017 BOE-A-2017-13227 Leer Qué cambió
27 de septiembre de 2017 BOE-A-2017-10957 Leer Qué cambió
8 de noviembre de 2016 BOE-A-2016-11023 Leer Qué cambió
10 de julio de 2010 Texto original Leer

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