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Legislación › Ley 9/2010, de 7 de julio, de designación de Senadores o Senadoras en representación de la Comunitat Valenciana.

Artículo 14. Cese.

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Artículo 14. Cese.
Los senadores o senadoras en representación de la Comunitat Valenciana cesan en su cargo:
1. Por disolución de las Corts Valencianes, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13 de esta ley.
2. Por causa de muerte, incapacidad, renuncia o cualquier otro supuesto contemplado en la legislación electoral general.
3. Por la pérdida de las condiciones específicas de inelegibilidad establecidas en esta ley o por causa de inelegibilidad no apreciada por la Comisión de Estatuto del Diputado y Diputada con anterioridad a la designación.
4. Como consecuencia de incompatibilidad apreciada y no enmendada de las previstas específicamente en esta ley o en la Ley orgánica de régimen electoral general.
5. Por revocación de la designación acordada por el Pleno de las Corts Valencianes según el artículo 14 bis.
Téngase en cuenta que se suspende la vigencia y aplicación del apartado 5 en la redacción dada por la Ley 10/2016, de 28 de octubre, desde el 28 de julio de 2017 para las partes en el proceso y desde el 27 de septiembre de 2017 para los demás, por providencia del TC de 19 de septiembre de 2017, que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad 4061/2017. BOE-A-2017-10957

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de diciembre de 2019 En vigor BOE-A-2020-446 Leer Qué cambió
16 de noviembre de 2017 BOE-A-2017-13227 Leer Qué cambió
27 de septiembre de 2017 BOE-A-2017-10957 Leer Qué cambió
8 de noviembre de 2016 BOE-A-2016-11023 Leer Qué cambió
10 de julio de 2010 Texto original Leer

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