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Legislación › Circular 4/2010, de 30 de julio, del Banco de España, a entidades de crédito, sobre agentes de las entidades de crédito y acuerdos celebrados para la prestación habitual de servicios financieros.

Norma cuarta. Archivo de la información.

Norma cuarta. Archivo de la información.

Toda la documentación relativa a los poderes o acuerdos objeto de comunicación, en virtud de las normas primera y segunda de esta Circular, deberá conservarse en un archivo específico por cada agente o entidad de crédito extranjera mandante, que estará en todo momento a disposición del Banco de España en las oficinas centrales de la entidad.

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