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Legislación › Circular 4/2010, de 30 de julio, del Banco de España, a entidades de crédito, sobre agentes de las entidades de crédito y acuerdos celebrados para la prestación habitual de servicios financieros.

Norma final. Entrada en vigor.

Norma final. Entrada en vigor.

La presente Circular entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en el BOE núm. 190, de 6 de agosto de 2010.BOE-A-2010-12628.

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