Legislación › Circular 4/2010, de 30 de julio, del Banco de España, a entidades de crédito, sobre agentes de las entidades de crédito y acuerdos celebrados para la prestación habitual de servicios financieros.
Norma final. Entrada en vigor.
Norma final. Entrada en vigor.
La presente Circular entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en el BOE núm. 190, de 6 de agosto de 2010.BOE-A-2010-12628.


