Legislación › Ley 10/2010, de 9 de julio, de ordenación y gestión de la Función Pública Valenciana.
Artículo 38. Puestos de trabajo de naturaleza laboral.
Artículo 38. Puestos de trabajo de naturaleza laboral.
Sólo podrán ser clasificados como puestos de naturaleza laboral aquellos que impliquen el ejercicio de un oficio concreto.


